Exclusiones seguro alquileres

Por uso de la vivienda y/o tipo de Arrendatario

  • Temporada
  • Períodos de arrendamiento inferior a 12 meses
  • Viviendas para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora
  • Viviendas para personal diplomático y/o consular
  • Viviendas compartidas o subarrendadas

Por el importe de la renta mensual

  • No serán objeto de este seguro la protección de aquellas rentas mensuales con importes superiores a los máximos, ni inferiores a los mínimos establecidos en cada provincia.

Por tipología de la vivienda

  • Viviendas con superficie inferior a 25 m2 construidos
  • Sin suministros ni servicios públicos
  • En edificios declarados en ruina
  • En edificios construidos con materiales combustibles en más del 25%
  • Con una antigüedad superior a 50 años sin haberse realizado reforma alguna.
  • Viviendas prefabricadas
  • Riesgos situados fuera del territorio español
  • Riesgos situados en edificios en construcción
  • Riesgos en los que se realicen actividades industriales o comerciales

Por la capacidad financiera del arrendatario

  • La renta anual no podría superar el 40% de los ingresos netos anuales del arrendatario.
  • Si el arrendatario no tiene contrato indefinido debería contar con al menos un año de antigüedad en la empresa
  • Si el arrendatario es estudiante no podría contratarse el seguro
  • Si el arrendatario no dispone de contrato laboral debería aportar justificante de ingresos apropiado