seguros de accidentes

Seguros de accidentes para empresas:

Este seguro de accidentes colectivos esta dirigido a diferentes colectivos de personas con un vinculo común, con la finalidad de garantizarles el pago de las indemnizaciones convencidas en el caso de sufran un accidente corporal.

Los grupos de personas pueden ser los siguientes:

  1. Colectivos de personas identificadas o identificables, por ejemplo empleados de una Empresa cuyo convenio no les exige seguro de Accidentes, socios de un determinado gremio, club, asociación, etc.
  1. Grupo de personas que formando un grupo deciden realizar actividades determinadas (Viajes, práctica de deportes, actividades culturales o de ocio, etc.)
  1. Otros colectivos innominados: Usuarios o visitantes de instalaciones determinadas, etc.

La duración del seguro es Anual y el ámbito de cobertura puede abarcar desde las 24 horas a únicamente laboral, durante la práctica o desarrollo de una actividad determinada, mientras visite o se encuentre dentro de una instalación, etc.

Cobertura básica:

  • Fallecimiento por accidente.

Coberturas opcionales:

  • Incapacidad permanente parcial / absoluta por accidente.
  • Incapacidad permanente total por accidente.
  • Gran invalidez por accidente.
  • Asistencia sanitaria por accidente.
  • Incapacidad temporal por accidente.
  • Capitales adicionales por fallecimiento o invalidez a causa de un accidente de circulación.

El objeto del seguro de accidentes de riesgos temporales es garantizar al asegurado el pago de las indemnizaciones convenidas en el caso de que sufra un accidentes durante el desarrollo de la actividad cubierta y siempre dentro del periodo de tiempo que se indique como duración del seguro.

Cobertura básica

  • Fallecimiento por accidente

Coberturas opcionales

  • Invalidez Permanente Absoluta por accidente
  • Asistencia Sanitaria por accidente
  • Responsabilidad Civil del organizador

Relación de riesgos para contratar:

  • Cursos
  • Actividades deportivas
  • Excursiones / Viajes
  • Campeonatos y/o torneos
  • Trabajos temporales

Tenemos a vuestra disposición una gran relación de riegos a contratar que se adaptan a las necesidades de los asegurados

Este producto va dirigido a asegurar a los alumnos/as de los Centros de Enseñanza, ya sean de enseñanza privada o pública, desde Educación Infantil a la Universidad. Igualmente incluye diferentes formaciones académicas.

  • Fallecimiento por accidente (Obligatoria)
  • Invalidez permanente absoluta por accidente e invalidez parcial según baremo
  • Asistencia sanitaria por accidente
  • Rotura de gafas
  • Prótesis dentales
  • Infortunio familiar por accidente:
    1. del padre o la madre
    2. de ambos simultáneamente en el mismo accidente
  • Infortunio familiar por accidente de circulación:
    1. del padre o la madre
    2. de ambos simultáneamente en el mismo accidente
  • Practicas en empresas (Contratación automática para mayores de 18 años)
  • Asistencia en Viaje
  • Gastos de enseñanza
  • ­Actividades en la nieve

Cada empresa, en base a la Ley de Exteriorización de Compromisos por Pensiones según el R.D 1588/1999, y cuando así lo especifique el Convenio Colectivo o el contrato laboral de sus empleados, estará obligada a contratar un seguro de accidentes que garantice a tus trabajadores las prestaciones que en el acuerdo se establezcan. Los trabajadores asegurados en póliza son los incluidos en el TC2.

Las garantías y capitales de este seguro varían en función del compromiso que tenga establecido el convenio o acuerdo laboral, pero las más habituales son las siguientes:

  • Fallecimiento por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente parcial por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente absoluta por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente total por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Gran invalidez por accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
  • Asistencia sanitaria por accidente.
  • Incapacidad temporal por accidente.

Si necesitas más información, ponte en contacto con nosotros aquí.